CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
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PRIMERA. – Integridad y obligatoriedad
NELBAX ZONE, S.L. (en adelante KANGUBOX, marca con la que comercializa sus servicios), tiene como actividad, entre otras, la explotación comercial de alquiler de espacios en general y, especialmente, de cesión del uso temporal de trasteros y mini-almacenes.
Sus CLIENTES finales son personas, físicas o jurídicas, con necesidades de espacio. Tratándose de personas jurídicas, serán éstas el CLIENTE, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad de la persona física que haya actuado en su nombre y representación.
La firma de estas condiciones, puesta al pie de cada página de este documento, implica por parte del CLIENTE la aceptación y la firma expresa de todas y cada una de las condiciones.
La relación contractual entre el CLIENTE y KANGUBOX se rige, exclusivamente, por las presentes Condiciones Generales y por las Condiciones Particulares que las complementen; su conjunto constituye “el CONTRATO”.
Ante cualquier duda, discrepancia o controversia motivada por la ejecución del CONTRATO, las Condiciones Generales prevalecerán siempre sobre las Condiciones Particulares y sobre cualquier otro documento o acuerdo de las partes.
SEGUNDA. – Definiciones
En estas Condiciones Generales los vocablos que a continuación se listan tienen la definición que aquí se les da:
CLIENTE: Es aquella persona natural o jurídica que solicita un espacio para almacenar en él, bajo su propio riesgo y custodia, durante un tiempo previamente concertado, uno o varios bienes muebles, comprometiéndose a retirarlos y dejando el espacio libre, vacuo y expedito, una vez transcurrido el tiempo pactado. Sólo tendrán la consideración de CLIENTES las personas que hayan suscrito el CONTRATO.
PROVEEDOR: NELBAX ZONE, S.L. es la mercantil prestadora de los servicios objeto del CONTRATO, provista de CIF B64367345, domicilio social en Barcelona, Paseo Valldaura, 178 casa2/local. Teléfono de contacto 618232326.
KANGUBOX Marca comercial bajo la que opera NELBAX ZONE, S.L., utilizada en este documento para identificar al Proveedor.
MÓDULO: Es el espacio individualizado y físicamente delimitado que se pone a disposición del CLIENTE, en las condiciones fijadas en el CONTRATO.
BOX: Otra expresión que significa lo mismo que Módulo.
TERCERA. – Normas aplicables
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en la legislación reguladora de las Condiciones Generales de Contratación; Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios; Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y Ley de Ordenación del Comercio Minorista, así como a las normas complementarias o supletorias que resulten aplicables del Código de Comercio o el Código Civil o normas autonómicas, según el texto que sea aplicable en cada momento.
Las presentes Condiciones Generales y por ende el CONTRATO, tienen naturaleza mercantil, derivándose por tanto una relación «sui generis», atípica e innominada, de prestación de servicios, sin que en ningún caso el presente CONTRATO pueda ser considerado sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos, ni como depósito ni cualquier otra figura con la que se puedan encontrar analogías.
CUARTA. – Modificación de las Condiciones Generales
KANGUBOX se reserva el derecho de modificar las presentes Condiciones Generales, notificándolo al CLIENTE con antelación suficiente, con el fin de mejorar los servicios ofrecidos. En ningún caso la modificación tendrá efectos retroactivos. Mediante la notificación de la modificación de las Condiciones Generales expuestas en su página Web www.kangubox.com. se entenderá cumplido dicho deber de notificación.
QUINTA. – Objeto del contrato
El objeto del presente CONTRATO es la cesión del uso por un tiempo determinado de un espacio físicamente delimitado, denominado módulo o box.
A) USO. El CLIENTE, y siempre que se cumplan las condiciones económicas pactadas, dispone de un módulo, cuyas características se especificarán en las Condiciones Particulares, de entre los tipos de módulos que se ofertan. Su uso es exclusivamente el almacenaje de bienes muebles diversos que no estén expresamente prohibidos en el CONTRATO.
El CLIENTE dispondrá de las llaves especificas (bien sean físicas o electrónicas a través de códigos individualizados) del módulo contratado, siendo responsabilidad de aquel el uso y custodia de las mismas.
El CLIENTE se compromete a cerrar su trastero con UN SOLO candado de su propiedad, en caso de que haya puertas habilitadas para ello.
Corresponde al CLIENTE la manipulación, el almacenamiento y estiba de los bienes que desee colocar en el módulo contratado, por lo que KANGUBOX queda exonerada de cualquier tipo de responsabilidad derivada de la entrada, manipulación, colocación, retirada y desalojo de los bienes muebles, así como de cualquier daño que pudiera causarse a las personas o al patrimonio, tanto de KANGUBOX” como de terceros.
El CLIENTE responde de la titularidad de los bienes que almacena, por lo que KANGUBOX no tendrá ningún tipo de responsabilidad al respecto.
El CLIENTE responde de los gastos de reparación y limpieza del módulo y zonas comunes de libre acceso de KANGUBOX, obligados por la producción de daños o por dejar desperdicios, cuyos gastos podrán ser compensados, hasta donde alcance, mediante detracción del depósito de garantía contemplado en la Condición Octava.
KANGUBOX se reserva el derecho de cambiar de ubicación el box contratado, por existir razones justificadas y urgentes. El traslado o la retirada de los bienes se llevará a cabo por el propio CLIENTE, salvo que la naturaleza de la urgencia no permita a KANGUBOX comunicar esta circunstancia al CLIENTE con el suficiente preaviso y aguardar a que éste realice el traslado o la retirada.
Queda terminantemente prohibida la cesión o subarrendamiento del trastero-
Queda prohibida la realización de cualquier tipo de obra o modificación en el trastero. Para la colocación de estanterías, cajones, compartimentos o similares, el cliente deberá obtener autorización previa y por escrito de KANGUBOX.
B) ACCESO. El CLIENTE tendrá acceso al módulo contratado en el horario establecido por KANGUBOX.
El cliente dispondrá de libre circulación por las zonas comunes y de libre acceso que KANGUBOX determine.
El CLIENTE podrá acceder al módulo contratado: 1) por sí mismo; 2) por persona expresamente autorizada por éste mediante escrito, incluido telemático, remitido al menos con preaviso de UN día natural, en que conste el nombre y NIF o NIE del autorizado, y 3) con aquellas personas (auxiliares) que físicamente acompañen al CLIENTE.
KANGUBOX se reserva el derecho de requerir la identificación del CLIENTE o de las personas por éste autorizadas, así como de modificar el horario establecido para el acceso al centro.
KANGUBOX sólo podrá acceder a los módulos, sin contar con el consentimiento del CLIENTE, en caso de urgente necesidad.
El CLIENTE deberá devolver cualquier material facilitado por KANGUBOX para las operaciones de carga y descarga, movimiento o estiba, no pudiendo retenerlo ni almacenarlo en ningún caso, dentro del módulo o fuera de él. KANGUBOX se reserva el derecho de penalizar al CLIENTE que incumpla tal prohibición, con sanciones pecuniarias igual al precio de reposición del o de los elementos no devueltos, o con bien con una cantidad fija equivalente a dos meses de cuota mensual.
C) DESALOJO. Al término de la relación contractual, el cliente deberá dejar el módulo contratado libre, vacuo, expedito y a disposición de KANGUBOX.
Los bienes deberán ser retirados por el cliente de forma que no causen daños ni al box ni a las zonas comunes de acceso.
El plazo para el desalojo del box será de SIETE días naturales contados a partir de la fecha de notificación de la resolución del contrato o, subsidiariamente, hasta el último día fijado para el total desalojo del módulo.
Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Condición Séptima, en cuanto al desalojo de los «bienes abandonados», en relación con la resolución del presente CONTRATO por incumplimiento.
D) PROHIBICIONES ABSOLUTAS PARA EL CLIENTE
- Almacenamiento: Queda absolutamente prohibido el almacenamiento de todos aquellos bienes que en general, puedan poner en peligro la salud o la seguridad de personas o cosas, entre los cuales se encuentran:
- Bienes de comercio prohibidos por las Leyes y Reglamentos (géneros estancados, bienes robados o provenientes de cualquier acto ilícito).
- Productos perecederos y/o semiperecederos (bebidas, piensos, comida, etc.)
- Baterías o artículos que contengan baterías de gran tamaño
- Armas, munición, explosivos
- Productos químicos, gases, explosivos, tóxicos, o inflamables.
- Animales o sus partes u otros elementos biológicos, ya sean vivos o muertos, con excepción de los animales disecados.
- Otros usos: Queda totalmente prohibida la utilización del módulo, ya sea de forma permanente, ocasional o puntual, entre otros:
- Como vivienda o residencia.
- Como domicilio social o fiscal (sin consentimiento expreso).
- Como domicilio a efectos de notificaciones. A este respecto KANGUBOX rehusará la recepción de cualquier notificación, comunicación o correspondencia dirigida al CLIENTE.
E) PROHIBICIONES RELATIVAS PARA EL CLIENTE.
Queda prohibido almacenar en el módulo bienes de alto valor, tales, a título simplemente enunciativo, como joyas, dinero, piedras preciosas, títulos-valores, acciones u obligaciones, objetos de arte cotizados en el mercado artístico o de antigüedades, u otros de análoga consideración.
El CLIENTE no podrá almacenar en el módulo los referidos bienes, salvo que suscriba un seguro adicional, en las condiciones establecidas en la Condición Novena y previa valoración y aprobación del riesgo, de forma conjunta, por KANGUBOX y la compañía aseguradora de GENERALI SEGUROS.
En todo caso el CLIENTE exonera a KANGUBOX y a su compañía aseguradora de cualquier responsabilidad derivada de cualquier incidente, sustracción, siniestro o controversia que pudiera afectar a este tipo de bienes o surgir por razón del almacenamiento de los mismos y renuncia por tanto a cualquier reclamación derivada de los mismos, siendo a su riesgo el depósito de los citados bienes.
F) OTROS SERVICIOS
KANGUBOX podrá prestar al CLIENTE que así lo solicite, y tal y como se establezca en las Condiciones Particulares, bien por sí mismo o a través de terceros, entre otros, los siguientes servicios:
- Servicio de mudanzas.
- Servicio de custodia de volúmenes pequeños
SEXTA. – Duración del contrato
El presente CONTRATO se pacta por un período inicial mínimo de UN MES a efectos de facturación, sin perjuicio de lo establecido en las Condiciones Particulares.
El CONTRATO se prorrogará tácitamente por períodos mensuales, contados a partir del día uno de cada mes, salvo denuncia de alguna de las partes, con un preaviso expreso de QUINCE días naturales, antes de la finalización del CONTRATO o de cualquiera de sus prórrogas.
La prórroga tácita no procederá si el CLIENTE no se encuentra al corriente de pago de las cuotas mensuales o de cualquier otra obligación, sea dineraria o no, contraída con KANGUBOX.
El CLIENTE entiende y expresamente acepta que la falta de preaviso en tiempo y forma supone la prórroga automática por otro período mensual, con los efectos de facturación que le son inherentes.
SÉPTIMA. – Resolución del CONTRATO
Por término del CONTRATO
Las partes podrán resolver el presente CONTRATO mediante preaviso expreso de QUINCE días naturales, en los términos que a continuación se exponen.
El CLIENTE deberá realizar un preaviso de salida o resolución contractual durante la primera quincena del mes, para dejar vacío, libre y expedito el BOX como máximo el último día del mes. Llegado el último día del mes en curso en el que se haya efectuado el preaviso, el CLIENTE deberá firmar el documento de resolución de CONTRATO y saldo y finiquito facilitado por KANGUBOX (calculado hasta el día de la firma del documento incluido) así como proceder al total desalojo del módulo contratado.
El CLIENTE deberá notificar su intención de finalización de contrato por escrito mediante email a contacto@kangubox.es, durante la primera quincena del mes en curso.
En todo caso, si el último día del mes en curso en que está previsto el desalojo del box, éste no se produce total y efectivamente, se aplicará lo establecido en la letra c) de esta misma Condición General.
El CLIENTE, además, deberá abonar una penalización por falta de preaviso o preaviso defectuoso. Dicha penalización consistirá en el pago de una suma equivalente a una mensualidad.
La resolución del CONTRATO por expiración del plazo convenido no dará lugar a ningún tipo de indemnización para ninguna de las partes, sin perjuicio del resarcimiento por daños materiales en el BOX o en las instalaciones de KANGUBOX y de perjuicios que sí procedan para el caso de resolución del CONTRATO por incumplimiento, en los términos expresados en el apartado siguiente.
Por incumplimiento de la obligación de pago del precio.
En relación con lo dispuesto en la Condición Octava, para el caso de impago, retraso o devolución del recibo domiciliado, sin que el CLIENTE regularice tal situación en plazo máximo de SIETE días naturales siguientes a la recepción del requerimiento de pago de KANGUBOX, el CONTRATO quedará automáticamente resuelto, debiendo el CLIENTE desalojar totalmente el módulo en el plazo máximo de los SIETE días naturales contados a partir de la fecha de recepción del requerimiento de pago (salvo que durante ellos realice el pago), sin perjuicio de las acciones que KANGUBOX pueda ejercitar frente al CLIENTE por la cantidad adeudada.
A partir de la fecha de impago, KANGUBOX se reserva el derecho de bloquear los accesos al Centro y al box por parte del CLIENTE una vez transcurridos los CINCO días naturales tras el requerimiento de pago referido en el párrafo anterior. No obstante, a pesar del bloqueo el CLIENTE conservará su derecho de acceso al trastero y los bienes almacenados en el mismo para lo que KANGUBOX facilitará dicho acceso cada vez que el cliente lo solicite.
Destino de los bienes en caso de falta de desalojo del CLIENTE: desalojo efectuado por KANGUBOX
A partir del día 14 de retraso de impago, KANGUBOX reclamará al CLIENTE, el abono de las cantidades adeudadas, mediante escrito remitido por cualquier conducto fehaciente a la dirección postal o electrónica que conste para las notificaciones.
A partir del día 21 de fecha de impago, el CLIENTE autoriza a que KANGUBOX pueda trasladar los bienes a otro lugar de su elección dejando el trastero desocupado para el destino que estime conveniente. Las partes acuerdan que, en relación al traslado de los bienes, el CLIENTE no podrá en ningún caso responsabilizar a KANGUBOX del deterioro sufrido por los bienes con ocasión de su retirada.
Para el supuesto que transcurran 8 SEMANAS(*) de retraso desde la fecha de impago, sin que los bienes hayan sido retirados, el CLIENTE renuncia expresamente a su derecho de propiedad sobre los bienes que se hallasen en el trastero, y además abandona la posesión de los mismo facultando expresamente KANGUBOX para que disponga de estos. Pudiendo además KANGUBOX, reclamar los gatos derivados de la destrucción de los bienes.
(*) al amparo del artículo 460 del Código Civil (o la legislación foral aplicable a estos efectos o, en su caso, y donde sea de aplicación, los artículos 521.8,532.1 y 532.4 de la Ley 51/2006, del Libro Quinto del Código Civil de Cataluña).
OCTAVA. – Precio y forma de pago
Queda entendido por el CLIENTE que, en todo caso, el período mínimo de facturación será siempre de UN MES. La fijación de precio y de garantías se sujetará a las especificaciones que procedan conforme a los siguientes apartados:
Según espacio contratado: Condiciones Particulares
El prio del servicio se determinará en las Condiciones Particulares, en función del tipo, tamaño y ubicación del módulo solicitado. La cuota mensual queda sujeta al IVA o impuesto equivalente.
Asimismo, la cuota podrá ser modificada anualmente en función de diversos indicadores económicos, debiendo por tanto KANGUBOX notificar de forma expresa dicha modificación al CLIENTE con una antelación mínima de QUINCE días naturales. El rechazo del CLIENTE a la nueva cuota equivaldrá a la renuncia a proseguir el arrendamiento, sin que en este caso sea exigible el preaviso mínimo fijado en la condición SEXTA, y sin que proceda ninguna prórroga, debiendo el CLIENTE desalojar el módulo en el plazo máximo de CINCO días naturales a contar desde su rechazo a la nueva cuota.
El pago se realizará por meses anticipados, entre los días 1 y 5 de cada mes, salvo el pago correspondiente al período inicial, en que el pago se efectuará en el momento de la contratación. En todos los casos el pago se efectuará través de recibo domiciliado en la cuenta bancaria que designe el CLIENTE.
Excepcionalmente y previa autorización de KANGUBOX se podrán emplear otros medios de pago tales como tarjeta de crédito, transferencia bancaria o entrega en efectivo o equivalente; pero en ningún caso será aceptable el pago en efectivo si el importe es igual o superior a 1.000 euros, o aquella otra cifra inferior que determine la legislación sobre prevención del blanqueo de capitales.
Si se produce la devolución del recibo domiciliado, o cualquier retraso en el pago de una cuota debida de CINCO días naturales o más, se aplicará al CLIENTE un recargo del 10% sobre la cuota impagada, desde la fecha de vencimiento o, como mínimo, de 20 euros. Si el CLIENTE no regulariza el pago dentro de los CINCO días naturales siguientes a la recepción del requerimiento de pago de KANGUBOX que contempla la condición SÉPTIMA, el CONTRATO quedará automáticamente resuelto debiendo desalojar totalmente el módulo en el plazo máximo de los mismos CINCO días naturales contados a partir de la fecha de recepción del requerimiento de pago; sin perjuicio de las acciones que KANGUBOX pueda ejercitar frente al CLIENTE por las cantidades debidas. En caso de falta de desalojo, se estará a lo dispuesto en la Condición SÉPTIMA. En todo caso, KANGUBOX bloqueará los códigos personales (PIN) de acceso al centro, así como el acceso al box del CLIENTE, en el plazo fijado en el apartado b) de la Condición SÉPTIMA.
Depósito de garantía
El CLIENTE entregará, previa o simultáneamente a la suscripción de las Condiciones Generales, en concepto de depósito de garantía la cantidad especificada en las Condiciones Particulares, a los efectos de responder por los daños y perjuicios que pudiera causar en el módulo, edificio, local o a otros clientes. En todo caso, el depósito tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones; pero su existencia no podrá ser alegada por el CLIENTE como sustitutivo del pago de la cuota mensual pactada en las Condiciones Particulares.
El saldo del depósito, tras la comprobación del estado del módulo y del estado de cuentas por parte de KANGUBOX al término de la relación contractual, le será entregado al CLIENTE en un plazo no superior a TREINTA días naturales desde la fecha de resolución del CONTRATO (esto es, desde la fecha de la firma del documento de resolución), a través de transferencia bancaria, descontando 20€ en concepto de gastos de gestión.
El CLIENTE renuncia a los intereses que pudieran devengarse del depósito de garantía.
NOVENA. – Seguros
Seguro incluido en el precio
El módulo contratado dispone de un seguro básico mínimo, determinado en las Condiciones Particulares, en función del tipo, tamaño y ubicación del box contratado. Además, KANGUBOX posee medidas de protección contra incendios y contra robos (sistemas de alarma y video vigilancia) entre otras.
El seguro básico incluido en el precio incluye las franquicias (que deberán ser asumidas por el CLIENTE) que se detallarán en las Condiciones Particulares.
El CLIENTE se compromete a declarar el valor real máximo y actual de los bienes que almacena efectivamente en el módulo, de tal forma que la falta de declaración del valor real máximo de los bienes efectivamente almacenados o la declaración insuficiente o defectuosa de los mismos, exonerará tanto a KANGUBOX como a la compañía aseguradora de cualquier responsabilidad derivada del almacenamiento de dichos bienes.
Queda totalmente excluido de la cobertura básica asegurada el valor moral y emocional.
La indemnización por la cobertura básica a percibir por el CLIENTE en caso de siniestro se producirá, en todo caso, tras la comprobación inicial de dos factores:
- que efectivamente el CLIENTE tuviera objetos dentro del box en el momento del siniestro.
- que el siniestro no sea provocado por el propio CLIENTE.
En todo caso, corresponderá al CLIENTE la prueba del valor real de los bienes almacenados en el momento del siniestro y la prueba de que efectivamente estuvieran dentro del box contratado con KANGUBOX en el momento del siniestro.
No obstante, en lo relativo al seguro básico incluido, se estará a lo dispuesto en la Ley del Contrato de Seguro vigente en cada momento.
Principales riesgos cubiertos:
- Garantías básicas: incendio, explosión, caída de rayo y vandalismo
- Garantías extensivas: fenómenos atmosféricos, inundación, escapes de agua, daños por robo.
- Garantías adicionales: Cobertura de material ubicado en el suelo, sin obligatoriedad de almacenar la mercancía paletizada.
Seguro adicional o complementario no incluido en el precio
El CLIENTE podrá contratar un seguro adicional o complementario, tal y como se especifica en las Condiciones Particulares, para el caso de que desee almacenar bienes cuyo valor exceda del mínimo asegurado, conforme el apartado anterior relativo al seguro incluido.
El seguro adicional o complementario deberá ser contratado únicamente a través de KANGUBOX por razones de operatividad.
El CLIENTE, cuando contrate esta modalidad de seguro complementario, igualmente vendrá obligado a declarar el valor real máximo y actual de los bienes que deposita efectivamente en el módulo, de tal forma que la falta de declaración del valor real de los bienes efectivamente almacenados o la declaración insuficiente o defectuosa de los mismos, exonerará tanto a KANGUBOX como a la compañía aseguradora de cualquier responsabilidad derivada del almacenamiento de dichos bienes.
En todo caso, en lo relativo al seguro complementario y adicional se estará a lo dispuesto en la Ley del CONTRATO de Seguro y en la Ley de Mediación de Seguros y Reaseguros privados, según el texto vigente en cada momento.
DÉCIMA. – Privacidad y Protección de Datos Personales
Cada una de las Partes, cuyos datos de identificación y domicilio de contacto constan en las Condiciones Particulares, actuando de forma independiente como responsable del tratamiento, tratará los datos personales que constan en las Condiciones Particulares relativos a las personas físicas que actúan en representación de la otra Parte o que intervienen en nombre propio. El delegado de Protección de Datos de cada una de las Partes puede ser contactado en la dirección de correo electrónica que cada una de las Partes tiene indicada como propia en las Condiciones Particulares.
La finalidad del tratamiento, así como su base jurídica, es el cumplimiento de los derechos y obligaciones derivados del CONTRATO. El tratamiento es estrictamente necesario para esta finalidad. No se tomarán decisiones automatizadas que puedan afectar a los interesados. Los datos se conservarán por todo el tiempo de vigencia del CONTRATO y por el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales y contractuales relacionadas con la ejecución del CONTRATO. Los datos serán tratados únicamente por las Partes y por aquellos terceros a los que las Partes estén legal o contractualmente obligadas a comunicarlos (como es el caso de terceros prestadores de servicios a los que se haya encomendado algún servicio vinculado con la gestión o ejecución del CONTRATO).
Los interesados podrán ejercer los derechos de acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, la limitación del tratamiento, la portabilidad de sus datos, así como su derecho a oponerse al tratamiento, dirigiendo una comunicación por escrito a la Parte en cuestión a la dirección especificada en las Condiciones Particulares. Asimismo, podrán presentar una reclamación ante la Autoridad de protección de datos competente.
UNDÉCIMA. – Notificaciones
Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las partes en relación con las presentes Condiciones Generales o con las Condiciones Particulares, deberán realizarse por escrito.
El CLIENTE queda obligado a comunicar por escrito y de forma expresa cualquier modificación o cambio que se produzca en los datos facilitados en las Condiciones Particulares, en un plazo máximo de CINCO días naturales, contados a partir del momento en que se produzca el referido cambio, y en especial, cualquier cambio de domicilio, teléfonos o datos bancarios.
DUODÉCIMA. – Nulidad e ineficacia de las Cláusulas
Si cualquier cláusula incluida en estas Condiciones Generales fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo las Condiciones Generales en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.
DECIMOTERCERA. – Propiedad industrial e intelectual
Todos los derechos de propiedad intelectual e industrial (contenido de la página web y su diseño gráfico, logos y marcas registradas) son propiedad exclusiva de KANGUBOX, y es a quien le corresponde el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de los mismos. Así, queda prohibida su reproducción, distribución, comunicación pública y modificación, total o parcial, sin previa autorización expresa de KANGUBOX. De igual forma, todos los signos distintivos, marcas, nombres comerciales o signos de cualquier clase contenidos en la página web, documentos, publicidad y cualesquiera otros en los que figure KANGUBOX están protegidos por las leyes reguladoras de la propiedad industrial e intelectual.
DECIMOCUARTA. – Jurisdicción competente
Tanto el CLIENTE como KANGUBOX, con expresa renuncia al fuero que por Derecho pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del domicilio del centro KANGUBOX donde hayan contratado el alquiler del módulo, siendo en todo caso la ley española la única aplicable.